Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública para el Estado de Chiapas.
Título Sexto. Capítulo III. De la Obligaciones Específicas.
Artículo.- 78 Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público, en forma permanente y de acuerdo a sus facultades, la siguiente información:
Año: 2017 |
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Fracción I Planes municipales | ![]() |
Fracción II Gacetas municipales |
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Fracción III Actas de Sesiones de cabildo | ![]() |
Fracción IV Tipos y uso de suelos |
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Fracción V Cuotas o tarifas aplicables a impuestos | ![]() |
Fracción VI Anteproyectos de reglamentos, bandos municipales |
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Fracción VII Información adicional |
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