Validación de proyecto de agua potable y alcantarillado sanitario
Datos básicos
Nombre del Trámite:

Validación de proyecto de agua potable y alcantarillado sanitario.

Ordenamientos Juridicos:

Artículo 35 Fracción I, Ley de Aguas del Estado de Chiapas. Publicado el 11 de diciembre de 2013, Publicación Municipal de Tuxtla Gutiérrez en el Periódico oficial No. 70 Capítulo IV. Articulos 24 y 25.

Unidad Adminitrativa del Trámite:

 

UNIDAD DE ENLACE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA SMAPA.

 

UNIDAD DE ATENCIÓN CIUDADANA SMAPA.

 

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SMAPA.

DIRECCIÓN TÉCNICA SMAPA.

 

DIRECCIÓN JURÍDICA SMAPA.

 

DIRECCIÓN DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO SMAPA.

DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIÓN SMAPA.

 

DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO SMAPA.

 

DIRECCIÓN COMERCIAL SMAPA.

 

CONTRALORÍA SMAPA.

Descripción del Trámite:

Es la validación de proyectos ejecutivos de infraestructura de agua potable y drenaje sanitario para desarrollos inmobiliarios destinados a la comercialización, en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México.

Tipo de Trámite o servicio:

Obligación.

 

Beneficio/Servicio

 

Consulta

 

Servicio

 

Procedimiento

 

Aviso

Utilidad de Realizar el Trámite o Servicio: (beneficios que se obtienen al realizar este trámite desde el punto de vista del ciudadano).

Con la obtención de la validación del proyecto de agua potable y drenaje sanitario del desarrollo inmobiliario, El Promotor estará en condiciones de construir conforme a las condiciones, planes, especificaciones y normas establecidas en el proyecto.

Por lo tanto el SMAPA, bajo las consideraciones emitidas podrá recepcionar, operar y garantizar el servicio.
Supuestos en los que se Realiza el Trámite o Servicio: : (casos en los que debe o puede realizarse el trámite).
  • Para realizar el trámite El Promotor deberá contar con el Dictamen de factibilidad de servicios vigente y expedida por el SMAPA, para invariablemente contar con los parámetros de proyecto.
  • Cuando El Promotor de inicio a los trabajos en obra sin la autorización respectiva, el Organismo no será responsable de recepcionar la infraestructura instalada, este a su vez, estará en condiciones de solicitar los cambios pertinentes, para emitir la validación del proyecto requerido.
  • El Promotor deberá pagar los derechos del servicio con antelación a la revisión de un nuevo proyecto, modificación  y/o actualización del mismo.
  • En caso, que El Promotor entregue la información incompleta o tenga observaciones en el proyecto, se le dará días hábiles conforme a la Tabla de Parámetros de Correcciones (TPC) para que la presente, en caso contrario, siguiendo el lapso de respuesta que tiene el servicio, se cancelará la petición y tendrá que iniciar el proceso para su atención. Con fundamento en el artículo 19 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.
  • En caso, que el Dictamen de factibilidad de servicios no se encuentre vigente o incluso tenga 30 días para su vencimiento, El Promotor deberá solicitar la actualización del documento.
MOMENTOS DE VIDA: (momentos de vida en que se puede o debe aplicar el trámite)

 

Ciclo vital para personas.- Gestación y Nacimiento.

 

Ciclo vital para personas.- Niñez

 

Ciclo vital para personas.- Adolescencia

 

Ciclo vital para personas.- 18 años

 

Ciclo vital para personas.- Adultos

 

Ciclo vital para personas.- Adultos Mayores

 

Ciclo vital para personas.- Mujer

 

Ciclo vital para personas.- Grupo en riesgo de marginación

 

Ciclo vital para personas.- Fallecimiento

 

Ciclo vital para empresas.- Solo una idea

 

Ciclo vital para empresas.- Creación o primer año de empresa AC.

Ciclo vital para empresas.- Operación/crecimiento

 

Ciclo vital para empresas.- En riesgo.

 

Ciclo vital para empresas.- Cierre de giro.

PALABRAS DESCRIPTIVAS (SEPARADOS POR RENGLONES):

SMAPA: El Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tuxtla Gutiérrez;
Director General: Al titular del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado;
Junta de Gobierno: Al Órgano Supremo de Gobierno del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado;
Organismo: Al Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado;
Órganos Administrativos: A la Dirección General, Unidades, Direcciones, Contraloría y demás áreas que forman parte de la estructura del Organismo;
Validación: Aprobación de propuesta de Proyecto Ejecutivo por parte del Organismo.
El Promotor: Persona física o moral que solicita el trámite de validación de proyecto.

Nota: Por cada modalidad llenar la ficha técnica del trámite.

FICHA TÉCNICA DEL TRÁMITE
SELECCIONA EL TIPO DE TRÁMITE O SERVICIO A CAPTURAR:

Validación de proyectos de agua potable y drenaje sanitario.

MODALIDAD ÚNICA (Debido a que un mismo trámite puede aplicarse por diferentes sujetos o tipos de personas y dependiendo de ello se solicitan documentos diferentes, o deban cumplirse diferentes requisitos, la ficha del trámite puede desglosarse en modalidades).

Persona física y moral.

REQUISITOS Y MONTOS.

MEDIO DE PRESENTACIÓN: 

FORMATO
  ESCRITO LIBRE

 

EN LÍNEA

ORDENAMIENTOS JURÍDICOS:

Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas. Periódico Oficial 122, de fecha 19 de Agosto de 2020.

FORMATO DEL TRÁMITE:

Anexo Formato de solicitud del servicio.

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA PRESENTAR EL TRÁMITE

No aplica.

INDICACIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO: (no indica el manual de que se trata).

  • Se solicita toda la documentación ordenada en recopilador.
  • El proyecto impreso deberá ser legible, en original y 1 copia. Así como en escala 1:1 en digital, en programa Autocad versión 2014 (presentado en disco compacto).
  • Anexar ubicación del predio en archivo KMZ.
  • El levantamiento topográfico en coordenadas georeferenciadas a nivel del mar (UTM).
  • Anexar análisis de carga disponible de acuerdo al punto de conexión.
  • En el pie de plano deberá especificar, el nombre y cargo de los funcionarios que validarán el proyecto (Director General, Director de Proyectos y Construcción, Director Técnico y Jefe del Departamento de Proyectos)*

        *Verificar datos en página web: http://www.smapa.gob.mx/Conozca/Directorio.

 

DATOS REQUERIDOS: (Enumere la lista de datos de información requeridos para realizar el trámite. Estos datos no necesariamente constituyen documentos, sino información que debe poseer el ciudadano para realizar satisfactoriamente el trámite).

REQUISITOS:

  • Solicitud de servicio (anexo formato).
  • Recibo de Pago de Derechos.
  • Proyecto de Agua Potable:

1. Memoria de cálculo del proyecto de agua potable.
1.1.- Datos del proyecto.
1.2.- Población actual.
1.3.- Población del proyecto.
1.4.- Dotación.
1.5.- Cálculo de Gastos (Acorde al suministro en la zona, debiendo solicitar a la Dirección de Operación y mantenimiento los días de distribución de agua potable).
1.6.- Funcionamiento hidráulico de la línea de conducción y/o red de distribución.
1.7.- Capacidad del tanque regulador.
1.8.- Capacidad del equipo de bombeo, en su caso.
1.9.- Análisis de la carga disponible de acuerdo al punto de conexión (ubicación, medición y fotos referenciadas).
2. Planos hidráulicos, deberán contener:

  • Planta de red de distribución y/o línea de conducción, con las elevaciones al nivel del mar.
  • Presiones en cada crucero de la red.
  • Diseño de cruceros; número de cruceros, cota piezométrica y carga disponible.
  • Lista de piezas especiales con simbología.
  • Cantidad de tubería.
  • Datos de proyecto.
  • Detalle de cruce de puente, alcantarilla y/o barranca.
  • Croquis de localización.
  • Detalle de atraques de concreto.
  • Especificaciones constructivas.
  • Simbología de los elementos estructurales existentes y de proyecto.

Diseño tipo como:

  • Macro medidor electromagnético.
  • Tomas domiciliarias.
  • Zanja tipo de acuerdo al diámetro de tubería proyectada.
  • Detalle constructivo del nicho de la toma domiciliaria en banqueta.
  • Detalle de colocación del marco y contramarco.

En caso de líneas de conducción por bombeo; deberán enviar proyecto de:

  • Cálculo de velocidades; sujeto al desnivel topográfico.
  • Calculo de atraques en cambios de dirección (codos, tees, crucetas y reducciones de diámetro).
  • Cárcamo de bombeo.
  • Memoria de cálculo estructural del cárcamo.
  • Equipamiento electromagnético y fontanería, incluyendo 2 equipos; uno en operación y el otro de reserva.
  • Incluir 3 propuestas de bomba autocontenido, (curvas de eficiencia de cada una).
  • Incluir 3 propuestas de marcas de motor.
  • Memoria de cálculo del quipo motor-bomba.
  • Línea de conducción por bombeo, planta y perfil (con diámetro mínimo de 3”).
  • Tanque de distribución.
  • Memoria de cálculo estructural del tanque.
  • Estudio de mecánica de suelos en los sitios donde se desplantarán los tanques.
  • Diseño en planta de la ubicación de la estación de bombeo, en el interior del predio.
  • Enmallado del terreno donde se construirán los tanques.

Caseta de control en el sitio donde se ubicará la estación de bombeo, el cual deberá contener:

  • Baños y bodegas, así como estancia para el operador de los equipos.
  • Arbotantes en el terreno para maniobras nocturnas.
  • Portón de acceso de 4 metros de ancho para acceso de vehículos.
  • Proyecto de drenaje sanitario:

1. Memoria de cálculo del proyecto de agua potable.
1.1.- Datos del proyecto.
1.2.- Población actual.
1.3.- Población del proyecto.
1.4.- Dotación.
1.5.- Aportación.
1.6.- Coeficiente de Harmon.
1.7.- Gastos.
1.8.- Funcionamiento hidráulico de atarjeas.
1.9.- Funcionamiento de emisor.
2. Planos sanitarios:
2.1.- Plano de la red de atarjeas, colector y emisor, con elevaciones referenciadas al nivel del mar.
2.2.- Plano de perfil, representando los pozos de visita con sus respectivas cotas de terreno y de plantilla, así como la longitud entre cada tramo y pendiente.

Los planos sanitarios, deberán contener:

  • Cantidad de tubería.
  • Datos de proyecto.
  • Croquis de localización.
  • Notas de construcción.
  • Simbología de los elementos estructurales existentes y de proyecto.

Detalles del diseño tipo de:

  • Descarga domiciliaria.
  • Ancho de zanja conforme al diámetro de tubería.
  • Pozo de visita común y con caída adosada.
  • Medias cañas.

En caso de haber líneas de conducción por bombeo de aguas negras; deberá enviar proyecto de:

  • Planta y perfil de la línea de conducción por bombeo.
  • Cárcamo de bombeo.
  • Memoria de cálculo estructural del cárcamo.
  • Equipo electromecánico y de fontanería, incluir mínimo 2 equipos.
  • Incluir 3 propuestas de bomba autocontenido, (curvas de eficiencia de cada una).
  • Incluir 3 propuestas de marcas de motor.
  • Proyecto de la estructura donde se descargarán las aguas negras.
  • Estudio de mecánica de suelos del sitio donde se construirá el cárcamo de bombeo.

Anexos del expediente técnico, del proyecto a validar:

  • Copia simple del Dictamen de Factibilidad de Servicios, vigente.
  • Copia simple del plano de lotificación autorizado por el H. Ayuntamiento.
  • Original de Carta compromiso se responsabiliza a dar en donación a nombre del SMAPA, el área de servidumbre de paso o de ocupación, en caso, que la infraestructura este en propiedad privada.

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas. Periódico Oficial 122, de fecha 19 de Agosto de 2020.

DOCUMENTOS REQUERIDOS.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

  • Escrito dirigido al Director General del SMAPA, solicitando la validación del proyecto de agua potable y drenaje sanitario.

Número de originales: 1, Original para cotejo: No, Número de copias: 0

ORDENAMIENTO JURÍDICO

Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas. Periódico Oficial 122, de fecha 19 de Agosto de 2020.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

Número de originales: 1, Original para cotejo: No, Número de copias: 4

ORDENAMIENTO JURÍDICO

Artículo 35 Fracción I, Ley de Aguas del Estado de Chiapas. Publicado el 11 de diciembre de 2013.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

Número de originales: 1, Original para cotejo: No, Número de copias: 4

ORDENAMIENTO JURÍDICO

Artículo 35 Fracción I, Ley de Aguas del Estado de Chiapas. Publicado el 11 de diciembre de 2013.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

Número de originales: 0, Original para cotejo: No, Número de copias: 1

ORDENAMIENTO JURÍDICO

Artículos 88 BIS y 96 BIS 1 de la Ley de Aguas Nacionales; Artículos 117 y 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; Artículos 1, 2, 4, 28, 37, 44, 145, 146, 147, 148, 154 y 155 de la Ley de Aguas para el Estado de Chiapas; Artículo 175 de la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas; Artículos 1, 2, 3, 11, 12, 22, 58, 59, 60 de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado y los Municipios de Chiapas; Artículos 176 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas; Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

  • Plano de lotificación autorizado por el H. Ayuntamiento.

Número de originales: 0, Original para cotejo: No, Número de copias: 1

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas; Artículos 4, 11, 14 de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado y los Municipios de Chiapas; Artículo 173 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas.

DOCUMENTOS PARA ENTREGAR:

  • Carta compromiso en que El Promotor se responsabiliza a dar en donación a nombre del SMAPA, el área de servidumbre de paso o de ocupación, en caso, que la infraestructura este en propiedad privada.

Número de originales: 1, Original para cotejo: No, Número de copias: 0

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 14 Fracción XXI, 176 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y de Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas; Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

MONTO A PAGAR (Describa el monto que debe de pagarse por realizar este trámite, y si este monto se calcula en base a algún criterio, especificarlo).

Costo de trámite sin IVA*

Parámetro del proyecto

()

De 1 a 100 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 101 a 200 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 201 a 300 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 301 a 400 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 401 a 500 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 501 a 1,000 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 1,001 a 3,000 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

De 3,001 a 5,000 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

()

Más de 5,001 viviendas, departamentos y/o locales comerciales.

    Concepto de pago: Validación de planos (manuales).

  • Para realizar el pago de derechos deberá acudir al Anexo a la Torre Chiapas 3er. Piso en las Oficinas de este Organismo Operador (Dirección de Proyectos y Construcción), para generar el presupuesto y pueda realizar el pago en la sucursal más cercana;

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 45 Fracción LXVII, 77 último párrafo de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; Artículos 5 inciso III, 14 Inciso IX del Reglamento Interior del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN: (describir los elementos que considera la autoridad para determinar la procedencia o no de este trámite).

  • La validación de un proyecto, habilita al usuario a comprobar todos los elementos en un proyecto para ver problemas potenciales antes de publicar y ejecutar la obra.
  •  El usuario debe modificar su contenido para corregir el problema antes de iniciar otra acción de validación de proyecto o construcción del mismo, con el fin de garantizar los servicios en el desarrollo inmobiliario.
PLAZOS Y RESOLUCIÓN

PLAZO MÁXIMO DE RESPUESTA:

En base a la Tabla de Parámetros de Revisión (TPR).

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

PLAZO PARA PREVENIR: (plazo máximo que tiene la autoridad para dar respuesta a una solicitud).

90 días hábiles.

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

PLAZO DE PREVENCIÓN: (señale el plazo que tiene el particular para solventar la deficiencia de información o documentación que tenga su solicitud del trámite).

5 días hábiles.

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículo 19 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

FICTA: (si no se contestan en el plazo que marca la ley o las disposiciones administrativas se consideran aceptadas).

 

AFIRMATIVA

NEGATIVA

 

ORDENAMIENTO JURÍDICO:


Artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

TIPO DE RESOLUCIÓN:

 

TARJETA

 

DICTAMEN

 

ACUERDO DE RESPUESTA

 

ALTA CATASTRAL

 

AUTORIZACIÓN

 

CONSTANCIA

 

CERTIFICACIÓN

 

LICENCIAS

 

PERMISOS

 

TRASLADO DE DOMINIO

 

AVALUÓ CATASTRAL

 

ESTADO DE CUENTA

 

CONTRATO

OTRO: (especificar cual: Oficio de Validación de Proyectos)

ORDENAMIENTO JURÍDICO

Artículo 35 Fracción I, Ley de Aguas del Estado de Chiapas, publicado el 11 de diciembre de 2013; Artículos 14 incisos XII y XXII, 31 del Reglamento Interior del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tuxtla Gutiérrez.

VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN:

Estará sujeta a la actualización o vigencia del Dictamen de Factibilidad de Servicios expedida por el Organismo, así como respetar las especificaciones técnicas y constructivas del proyecto ejecutivo en obra. En caso de realizarse modificaciones al proyecto de sembrado de viviendas, el desarrollador estará obligado a presentar la solicitud de revisión para la nueva validación, con los requisitos correspondientes y nuevo pago de derechos.

ORDENAMIENTO JURÍDICO:

Artículos 88 BIS y 96 BIS 1 de la Ley de Aguas Nacionales; Artículos 117 y 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; Artículos 1, 2, 4, 28, 37, 44, 145, 146, 147, 148, 154 y 155 de la Ley de Aguas para el Estado de Chiapas; Artículo 175 de la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas; Artículos 1, 2, 3, 11, 12, 22, 58, 59, 60 de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado y los Municipios de Chiapas; Artículos 176 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas; Artículo 15 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas.

DONDE PRESENTAR EL TRÁMITE

DEPENDENCIA O ENTIDAD ANTE LA QUE SE REALIZA EL TRÁMITE:
Nombre de la oficina: Oficialía de Partes
Nombre de la dependencia: Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado.
Unidad administrativa: Dirección Técnica y Dirección de Proyectos y Construcción.
Tipo de oficina: Unidad administrativa responsable del trámite.
Persona responsable de atención: Ing. Luis Alonso Ruiz Saldaña.
Cargo del responsable: Jefe de Departamento.
Correo del responsable: --
Conmutador: (961) 61 87749.
Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
OFICINA EN DONDE SE PUEDE SOLICITAR EL TRÁMITE DE MANERA PRESENCIAL: Boulevard Andrés Serra Rojas #1090, Col. Paso Limón, Edificio Anexo a la Torre Chiapas, Nivel 3 Sección B, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México.

DIRECCIÓN A MOSTRAR:


Agencia

Dirección

Horario

Nombre del Responsable del trámite

Torre Chiapas

Boulevard Andrés Serra Rojas #1090, Col. Paso Limón, Edificio Anexo a la Torre Chiapas, Nivel 3 Sección B, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México.

Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Ing. Juan Luis Paniagua Moguel / Ing. Jorge Luis Jiménez de la Cruz.